Artículo 26. Grados de dependencia.
1. La situación de dependencia se clasificará en los siguientes grados:
- Grado I. Dependencia moderada: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria, al menos una vez al día o tiene necesidades de apoyo intermitente o limitado para su autonomía personal.
- Grado II. Dependencia severa: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria dos o tres veces al día, pero no quiere el apoyo permanente de un cuidador o tiene necesidades de apoyo extenso para su autonomía personal.
- Grado III. Gran dependencia: cuando la persona necesita ayuda para realizar varias actividades básicas de la vida diaria varias veces al día y, por su pérdida total de autonomía física, mental, intelectual o sensorial, necesita el apoyo indispensable y continuo de otra persona o tiene necesidades de apoyo generalizado para su autonomía personal.
http://www.dependencia.imserso.es/dependencia_01/normativa/texto_ley/titulo_uno/valoracion/index.htm
La Ley dedica específicamente el Capítulo III de su Título I a la dependencia y valoración (artículos 26 y 27).
En el artículo 26 se regulan los grados de dependencia.
En el artículo se hace una clasificación en 3 grados, que de menor a mayor gravedad son:
-Grado I. Dependencia Moderada
-Grado II. Dependencia Severa
-Grado III. Gran Dependencia.
Los intervalos de puntuación que determinan el grado de dependenciason los siguientes:
| NO DEPENDIENTE | De 0 a 24 puntos |
| GRADO I | de 25 a 49 puntos |
| GRADO II | De 50 a 74 puntos |
| GRADO III | De 75 a 100 puntos |


