Artículo 14 de la Constitución Española que establece la igualdad de
todos los españoles ante la ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna por
razón de nacimiento, raza, sexo, religión, opinión o cualquier otra condición o
circunstancia personal o social, así como del artículo 9.2 que consagra la obligación
de los poderes públicos de promover las condiciones para que la igualdad de todos
los seres humanos y de los grupos en los que se integran sean reales y efectivas
II Plan de igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat 2016-2018.
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Este II Plan de igualdad tiene como objetivo general alcanzar la igualdad efectiva en el empleo público mediante la promoción, el fortalecimiento y el desarrollo de la plena igualdad de trato y de oportunidades de mujeres y hombres y la eliminación de toda discriminación, directa o indirecta, por razón de sexo en el ámbito de la Administración de la Generalitat. Para ello el Plan define diez objetivos específicos y medidas concretas dirigidas a la consecución del objetivo general.
Dichas medidas intervienen fundamentalmente en los siguientes aspectos:
1. Dinamizar el funcionamiento de las Unidades de Igualdad de las Consellerias como órganos competentes y responsables de su aplicación al personal adscrito a las mismas.
2. Promover la presencia equilibrada de mujeres y hombres en los diferentes órganos colegiados de participación y representación.
3. Promover la igualdad en el acceso al empleo público y en la promoción y carrera vertical profesional de la mujer, fomentando la paridad en la distribución por sexos de grupos y subgrupos profesionales, categorías y colectivos de la Administración de la Generalitat.
4. Eliminar los obstáculos que impiden la participación plena de las mujeres en todos los ámbitos y niveles de la Administración facilitando la conciliación de mujeres y hombres.
5. Fomentar la formación en igualdad del personal a lo largo de la carrera profesional, en especial de quienes ocupen puestos directivos y órganos de selección, para hacer efectivo el principio de igualdad de forma transversal.
6. Conocer en profundidad y corregir las causas que provocan la desigualdad salarial.
7. Atender las situaciones de especial protección referidas a la violencia de género y al acoso sexual y por razón de sexo, orientación sexual e identidad de género.
8. Fomentar la comunicación en igualdad mediante un lenguaje no sexista e inclusivo, tanto en el ámbito interno como hacia la ciudadanía.
9. Promocionar la salud laboral de las empleadas públicas desde una perspectiva de género.
10. Fomentar la evaluación periódica de la efectividad del principio de igualdad en sus respectivos ámbitos de actuación.
ACUERDO de 10 de marzo de 2017, del Consell, de aprobación del II Plan de igualdad de mujeres y hombres de la Administración de la Generalitat


