Podemos establecer tres dimensiones en el Principio de Igualdad.
- Dimensión Positiva. (Utilizar un lenguaje positivo que implique al poder y a los hombres… No es un problema de mujeres, es un problema de todos/as)
- Dimensión Negativa. (Lectura en negativo, queja,reivindicación… )
- Dimensión Compensadora (Busca compensar, equilibrar. No ser sólo hombres o mujeres, sino personas. Por ejemplo: medida destinada a contrarrestar los efectos de discriminación históricos)
- Todas y todos iguales
- Prohibición de cualquier discriminación
- Igualdad de Oportunidades
- Igualdad Formal/ Igualdad de trato/ Igualdad Real y Efectiva
La acción positiva se concibe como una medida de carácter temporal; sólo será necesaria hasta que se consigan superar los desequilibrios en la situación de mujeres y hombres ante el mercado de trabajo.
- El concepto de Discriminación es muy relevante, al igual que los términos que se han creado a su alrededor:
- Acción Positiva
- Discriminación Directa
- Discriminación Indirecta
- La importancia de los roles y el género es muy importante en las relaciones ya que puede influir en las decisiones que se tomen.
- Muchos obstáculos limitan la igualdad real de género.
- El “techo de cristal” es una limitación que forma parte de ciertas culturas empresariales androcéntricas.
- La importancia de una utilización del lenguaje inclusivo. El lenguaje no es sexista, es el uso que hagamos de él lo que puede hacerlo sexista.
- El concepto de Discriminación es muy relevante, al igual que los términos que se han creado a su alrededor:
- Acción Positiva
- Discriminación Directa
- Discriminación Indirecta
- La importancia de los roles y el género es muy importante en las relaciones ya que puede influir en las decisiones que se tomen.
Las leyes fundamentales en las que se basan las políticas de igualdad son:
- 1978, Constitución Española: Los españoles son iguales ante la Ley, sin que pueda prevalecer discriminación alguna.
- 1982, Estatuto de Autonomía de la Comunitat Valenciana.
- 2004, Ley Orgánica 1/2004, de Medidas de Protección Integral contra la Violencia de Género.
- 2007, Ley Orgánica 3/2007, para la Igualdad Efectiva de Mujeres y Hombres.
- 2003, Ley 9/2003, de la Generalitat, para la Igualdad entre Mujeres y Hombres.
- 2012, Ley 7/2012, de la Generalitat, Integral contra la Violencia sobre la Mujer en el ámbito de la Comunidad Valenciana.
La consecución de la igualdad formal, jurídica y legal, es sin duda un paso decisivo hacia la igualdad real y efectiva de hombres y mujeres, pero resulta insuficiente.
A fin de hacer real y efectivo el principio de igualdad de género se ponen en marcha medidas y acciones positivas en las políticas públicas de igualdad del Consell.
El objetivo del II Plan de Igualdad de mujeres y hombres en la Administración de la Generalitat, es el que mujeres y hombres tengan idénticas circunstancias y oportunidades en el terreno del empleo público, y que éste ámbito se constituya en motor de cambio y traslade su influencia a todos los sectores sociales.
Los planes de igualdad son:
“Conjunto ordenado de medidas, adoptadas tras la realización de un diagnóstico de la situación existente en una organización que tiene por objeto alcanzar la igualdad entre mujeres y hombres y eliminar las posibles discriminaciones que pudieran detectarse por razón de sexo, estableciendo los objetivos concretos a alcanzar, las estrategias y prácticas a adoptar para su consecución y los sistemas de seguimiento y evaluación de los objetivos fijados.”
Las ideas principales son:
- En el ámbito de la igualdad de género las buenas prácticas son aquellas que introducen con éxito la perspectiva de género en las políticas públicas, logrando reducir las brechas de género y las desigualdades entre hombres y mujeres, y sus resultados se perpetúan en el tiempo.
- Existen ayudas y figuras cuyas funciones son la promoción de igualdad en todos sus aspectos
La violencia de género, es manifestación de la discriminación, la situación de desigualdad y las relaciones de poder de los hombres sobre las mujeres.
Las administraciones públicas de la Comunitat Valenciana garantizan a las víctimas de este tipo de violencia los servicios sociales de atención, emergencia, apoyo, acogida y recuperación integral.
La red de asistencia integral, se compone de servicios de carácter ambulatorio y de recursos residenciales para las víctimas de la violencia contra la mujer.